Mercado-o-na, mercadona...

https://www.lamarea.com/2016/07/07/87958/

¡BUM!

Ahora que ya he llamado vuestra atención hablemos del despido.

¿Qué es? Es el proceso por el cual finalizas la relación laboral con un trabajador y la das una cantidad de dinero establecida por la ley. Esto es algo importante, el llamado finiquito es una obligación de la empresa, no algo de carácter caritativo o cedido por chantaje.

Hablemos ahora del acoso laboral o mobbing.

¿Qué dice la constitución?

"El artículo 10 de la constitución española establece que la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y los derechos de los demás al fundamento del orden político y de la paz social, y que las normas relativas a los derechos fundamentales y las libertades que la Constitución reconoce las interpretaciones de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y los acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. (...) La dignidad de la persona, que, sin perjuicio de los derechos que le son inherentes, está íntimamente vinculada con el libre desarrollo de la personalidad (artículo 10 de la Constitución Española) y los derechos y la integridad física y moral (artículo 15), a la libertad de ideas y creencias (artículo 16 de la Constitución Española), al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen (artículo 18).

(...) Así, la dignidad del trabajador está reflejada claramente, además de los derechos constitucionales y citados, en el derecho a la igualdad y no discriminación (artículo 14 de la Constitución Española), en la integridad moral (artículo 15), en la libertad de expresión e información (artículo 20 de la Constitución), en el derecho al honor, intimidad y propia imagen (artículo 18), en la libertad ideológica y religiosa (artículo 16), en el derecho de reunión (artículo 21 de la Constitución) y en el principio de tutela judicial efectiva (artículo 24)."
http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMjE1MLtbLUouLM_DxbIwMDCwNzA7BAZlqlS35ySGVBqm1aYk5xKgBMDczDNQAAAA==WKE


Pues está caliente la cosita, porque Mercadona ha sido juzgada repetidas veces por esto, y ha perdido bastantes de ello. Pero todo parece ir más allá, Mercadona parece tener aun más lado oscuro.

Como hemos dicho, el finiquito es algo que te tienen que dar por ley, a no ser que sea un despido disciplinario, que se da cuando tienes una actitud trabajando nefasta, como poner mal una botella en la estantería, no sonreír a un cliente o dar un golpe en la puerta... O así lo ve Mercadona. Sin embargo, cuando no puede aplicar el despido disciplinario aplica una clausula por la cual, si acudes a algún medio de comunicación o cuentas algo dañino para la empresa irá Johny a partirte las piernas esta te podrá sancionar con hasta 3.000 euros.

Dejamos aquí unas declaraciones de Jaume R. director de Mercadona:


Sobre el acoso en Mercadona



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